Argentina
Miércoles, 24 abril 2024
ECONOMIA
12 de mayo de 2020

Provincia busca endeudarse por 500 millones de dólares y 20 mil millones de pesos

El Ejecutivo envió un proyecto de Ley a la Legislatura para que lo autoricen a tomar deuda en moneda nacional y extranjera. El argumento es la emergencia sanitaria por coronavirus y las consecuencias que tiene en la ya golpeada economía. También se amplía el monto de endeudamiento por Letras del Tesoro a 8.000 millones de pesos

Provincia busca endeudarse por 500 millones de dólares y 20 mil millones de pesos - La Tecla

El gobernador de la provincia de Buenos Aires, Axel Kicillof, presentó los primeros tres proyectos del período de sesiones ordinarias que inauguró el 2 de marzo pero que no pudo iniciar todavía, a causa de las medidas de aislamiento que se dictaron para prevenir el contagio de coronavirus. En este sentido sorprendió con una mega ley que ya llegó a la Cámara de Diputados, en la que pide autorización para endeudarse tanto en dólares como en pesos

La“ley ómnibus” contiene varios puntos atinentes a la emergencia suscitada por el COVID-19, entre los que se destaca un pedido de autorización para contraer deuda por 500 millones de dólares y 20 mil millones de pesos.El argumento es la emergencia por coronavirus que determinó la emergencia sanitaria pero también graves consecuencias para la economía. Además, amplía la capacidad de endeudamiento a través de las Letras de Tesorería, con las cuales la Provincia, de vencimiento rápido y que le sirven a la Provincia para cubrir necesidades de corto plazo.

Según se establece en el proyecto, Kicillof solicita en principio “contraer endeudamiento con Organismos Multilaterales o Bilaterales de Crédito por hasta la suma de DÓLARES ESTADOUNIDENSES QUINIENTOS MILLONES”. El dinero se destinará a “financiar la ejecución de proyectos y/o programas sociales y/o inversión pública”.

Asimismo, el Gobernador solicita autorización para endeudarse por hasta 20 mil millones de pesos para “regularizar atrasos de Tesorería”, mediante “los mecanismos y/o instrumentos financieros que juzgue más apropiados”.

Entre los argumentos se explicita que "a efectos de evitar la propagación del nuevo coronavirus y ejercer adecuadamente las funciones a cargo del Poder Ejecutivo, deviene necesario atender las consecuencias económicas y sociales que se manifiestan en este contexto, teniendo presente el agravamiento de la situación que justificara oportunamente la declaración de emergencia social, económica, productiva y energética”.

"El escenario socioeconómico previo a la pandemia por COVID-19 ya constituía un desafío per se. Respecto a la actividad económica, la Provincia acumulaba dos años continuos de caída en el Producto Bruto Interno, totalizando un -4,5% de disminución entre 2017 y 2019. En el sector industrial, se observó una caída de -0,6% en enero de 2020 respecto al mismo mes del año anterior, que continuaba la tendencia negativa observada a lo largo de los dos años anteriores”, dice el texto del proyecto entre los argumentos que justifican el pedido de autorización para tomar deuda.

 

Los puntos principales de la Ley:

  • Establece en 180 días el estado de emergencia, ratificando el decreto 132 del Ejecutivo, durante el cual se suspenden los procedimientos y plazos administrativos, a la vez que suspende los eventos de participación masiva 
  • Mantiene la suspensión o el corte de los servicios de electricidad y agua por falta de pago.
  • Autoriza al Poder Ejecutivo a contraer endeudamiento con Organismos Multilaterales y/o Bilaterales de Crédito por hasta la  500.000.000 dólares
  • Solicita además un endeudamiento por 20 mil millones de pesos o su equivalente en otras monedas para pagar a los acreedores del Estado.
  • El proyecto contempla la autorización a la Tesorería para que se endeude en 8.000 millones de pesos o su equivalente en otras monedas el monto máximo a emitir en Letras del Tesoro.
  • También pide autorización para la reasignación de recursos recursos sin ejecución en Contratos de Préstamos con Organismos Internacionales de Crédito y/o con el Estado Nacional, para financiar la ejecución de proyectos y/o programas sociales y/o inversión pública.
  • La ley le exige a los municipios que, trimestralmente, y cada vez que soliciten un nuevo endeudamiento, deberán remitir a la Autoridad de Aplicación el stock de deuda total acumulada y los servicios de la misma, más la proyección de nuevos endeudamientos.
  • Se le pide a las comunas que para acceder a operaciones de endeudamiento y/u otorgar garantías y avales, y/o suscribir contratos de fideicomisos, con independencia del agente financiero a contratar y las garantías ofrecidas, deberán contar con la autorización del Gobierno.
  • Modifica el inciso F del Código Fiscal para ampliar la excepción de impositiva a las cooperativas.
  • El artículo 13 de la norma enviada por el Ejecutivo a la Legislatura estipula la suspensión, por el ejercicio fiscal 2020, de la aplicación de los artículos del Código Fiscal -Ley N° 10397.
El proyecto también refiere a algunos indicadores socioeconómicos, y tras describir con números la situación de de los bonaerenses a fines de 2019, con datos de pobreza y desocupación, el texto infiere que “el impacto de la pandemia por COVID-19 agravó tendencias preexistentes y sumó un impacto negativo generalizado. En el caso de la construcción se observa una fuerte contracción, con los despachos de cemento en la provincia de Buenos Aires presentando una caída acumulada de -21,5% desde el comienzo del año y una baja de -39,5% para el mes de marzo. Por su parte, la demanda de gasoil registró en el tercer mes del año una baja de -29,2% anual y los patentamientos de autos una caída record de -90% en el mes de abril”.

Se indica además que “el deterioro de la actividad económica está teniendo un importante correlato en los recursos provinciales, tanto de origen provincial como nacional. En este punto es importante destacar que la mayor parte de los recursos corrientes son impuestos vinculados a la actividad económica: Ingresos Brutos que representa el 36% de los ingresos tributarios totales y el 27% de los ingresos corrientes y la Coparticipación Federal de Impuestos que representa el 32% de los ingresos tributarios totales y el 24% de los ingresos corrientes”.

“En su conjunto, entre los meses de marzo y junio se espera una disminución de la recaudación de más del 23% i.a. real. En particular, el mes de mayo presenta el mayor impacto (-38% i.a. real). Para todo el año, con las medidas tomadas a la fecha, se espera una caída en los recursos tributarios del 1,2% del PBG”, anticipa el proyecto enviado al Legislativo. 

También versa sobre la recaudación de los municipios, que “se vio impactada de forma análoga a los ingresos provinciales”, estableciendo que el monto de pérdida de coparticipación entre los meses de marzo y junio el monto caería “23% respecto a la estimación previa”




En tanto, otro de los proyectos presentados tienen que ver con el pedido para extender por 180 días la emergencia sanitaria; prohibir el corte de servicios públicos por falta de pago y disponer que las prestadoras den facilidades de pago a los usuarios.

La iniciativa restante establece la suspensión de los desalojos y ejecuciones hipotecarias, judiciales y extrajudiciales para inmuebles destinados a vivienda única.

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