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ELECCIONES 2019
17 de julio de 2019

El año más desprolijo en el cierre de las candidaturas complicó a la Justicia electoral

La Junta Electoral de la Provincia trabaja contra reloj para terminar de oficializar las listas debido a que las juntas electorales partidarias de la mayoría de los frentes pretendieron dejar afuera de la contienda a listas internas sin justificativos, o apelando a prácticas poco democráticas. Las alianzas donde hubo más problemas

El año más desprolijo en el cierre de las candidaturas complicó a la Justicia electoral - La Tecla
El año más desprolijo en el cierre de las candidaturas complicó a la Justicia electoral - La Tecla
El año más desprolijo en el cierre de las candidaturas complicó a la Justicia electoral - La Tecla

La oficialización de listas se ha demorado este año mucho más que en ocasiones anteriores, fundamentalmente porque la Junta Electoral de la provincia de Buenos Aires debió  intervenir ante una catarata de presentaciones de nóminas que fueron dejadas afuera por las juntas electorales partidarias pero que cumplían con los requisitos necesarios para competir en las PASO. En tal sentido, el órgano electoral trabaja a destajo y contra reloj para garantizar que la mayoría de los que quieren ir a la elección puedan hacerlo.

De hecho, la Justicia Electoral Nacional apura a la bonaerense porque necesita que estén cargados todos los datos, primero para oficializar las boletas y segundo para ajustar el sistema de carga de la empresa responsable del escrutinio. Los tiempos se acortan y los desaguisados producidos en las juntas electorales partidarias empiezan a complicar el normal desarrollo del proceso electoral, según manifestaron a este medio fuentes judiciales.

Uno de los casos más resonantes es el del frente conducido por José Luis Espert, al que un artilugio de la junta electoral de UNIR pretendió dejarlo afuera de la competencia bonaerense cerrando antes de hora el sistema de carga, e impidiendo de esta manera que se anotaran los candidatos. Ante esto, la Junta Electoral bonaerense actuó en reemplazo de la junta partidaria y oficializó la lista, pese a que todavía cumplimentar por parte de los interesados algunos trámites antes de que sean aprobados para poder estar en el cuarto oscuro.

Uno de los problemas con los que se encontró el órgano judicial competente es que muchas nóminas llegaron incompletas, por lo que debieron emitirse comunicados a los apoderados para que cumplimentaran todos los requisitos. Aún así, hay nóminas que quedaron autorizadas aún cuando faltaban casilleros de legisladores provinciales o de concejales.
El frente que más dificultades presentó fue Consenso Federal. Del espacio que lleva como presidente a Roberto Lavagna hubo una lluvia de presentaciones de precandidatos que no fueron habilitados por la junta partidaria pero recurrieron a la Justicia para ser habilitados, y muchos de ellos lograrán ese objetivo.

También en el Frente de Todos hubo muchas listas que arbitrariamente la junta electoral partidaria pretendió dejar afuera, pero a las que la Justicia terminó por darle el visto bueno para participar de la competencia. Así, son varios los intendentes peronistas que hicieron lo posible para no tener contrincantes internos pero al final deberán revalidar su título en las PASO primero antes de ir por la reelección en octubre. 

En este frente se dio la particularidad de que muchos de los que querían competir y la junta electoral partidaria pretendió dejarlos afuera perdieron los avales con los que contaban. Es que la junta partidaria no le anotó la lista en la Justicia pero sí les usó los avales para avalar otras nóminas. 

En el oficialismo, en tanto, son sólo dos las listas locales que la Junta Electoral de la Provincia terminó por avalar: una en Lobos y otra en el Partido de la Costa. En ambos casos nunca los apoderados de las listas locales se hicieron del código para cargar las nóminas en la Justicia, no se pudieron anotar en tiempo y forma, y la junta partidaria nunca se las cargó tampoco.

Uno de los artilugios usados por las juntas electorales de los frentes, que bordea los límites de la ley, y que podría merecer una intervención más fuerte de la Justicia, es la confiscación de las claves para cargar las listas. El sistema funciona de la siguiente manera: a cada frente se le otorga una clave madre de carga en el sistema, y de esa clave madre se desprenden secundarias para que cada lista local sea cargada por su apoderado (en el caso de este año antes de las 24 horas del 22 de junio).

Lo que sucede es que esas claves secundarias no se otorgan, como correspondería, a los apoderados de las listas locales; así, lo miembros de las juntas electorales partidarias se reservan la exclusividad de la carga, y proceden de manera arbitraria.
Si bien es un procedimiento repetido desde la instauración de las PASO, este año se han visto más desprolijidades que nunca, y el tema ya encendió la alarma de la Justicia. 



DOS EJEMPLOS DE LOS FRENTES MAYORITARIOS

Dos casos recientes exponen presuntas arbitrariedades en las juntas partidarias, de acuerdo a lo resuelto por la Junta Electoral de la provincia de Buenos Aires, que terminó avalando listas internas que habían sido dadas de baja. Se trata de la encabezada por Daniel López dentro de Juntos por el Cambio en el Partido de La Costa y de Juan María Viñales en el marco del Frente de Todos en Lomas de Zamora.

En el primer caso, la Junta relativiza el argumento de la Junta partidaria de que la lista “Pueden” presentada por López como precandidato a intendente no había hecho reserva de color nombre y lista con antelación y sostiene que en ese caso debe adjudicarse por orden de presentación. Y también no hizo lugar al cuestionamiento de que había colocado más candidatos en la nómina de los exigidos.

“Que este Organismo entiende que no existe óbice alguno para que ante la manifestación expresa del apoderado de la lista, de que se procede a la tacha de los tres últimos candidatos excedentes colocados en ella, puedan ser suprimidos, no resultando de ello ningún hecho de proscripción de participación de candidatos ni de desconocimiento de la voluntad de quienes ubicados en esos lugares han oportunamente también expresado su voluntad de designar a un apoderado que los represente y pueda actuar en consecuencia de lo que éstos le indiquen, no siendo necesario ni facultad de la Junta Electoral de la alianza, requerir renuncias expresas para subsanar lo pretendido por los integrantes de la lista”, sostuvo la Junta Electoral.


López, titular de la Unión Cívica Radical de La Costa

Por otro lado, la Junta puso reparos al argumento de la carga de datos en tiempo y forma, de acuerdo a la Junta Partidaria. Según se documentó, la lista de López fue informada como observada el 29 de junio y habiendo fenecido el plazo de presentación el 3 de junio, no presentó ante la Junta en La Plata sin registrar antecedentes de carga en la base de datos y solo los apoderados había  informado de su rechazo.

En este caso, el organismo presidido por el titular de la Suprema Corte de Justicia bonaerense, Eduardo de Lázzari, replicó: “Hágase saber a la Junta  Electoral de la alianza Juntos por el Cambio que debió primar en sus decisiones la  obligación de garantizar con medidas positivas que quienes son titulares de derechos políticos, tengan la oportunidad real de ejercerlos”, determinó.

En conclusión, la resolución de la Junta Electoral adoptada para el caso de López dentro de la alianza oficialista es la misma que se adoptó para Viñales que podrá enfrentar ahora a Martín Insaurralde en Lomas de Zamora. En ambos casos, hay un dardo al funcionamiento de los miembros partidarios.

“Teniendo en cuenta la documentación aportada a estas actuaciones, no cabe duda alguna que la lista en cuestión cumplió con los recaudos que la ley aplicable exige, resultando su no oficialización una discrecionalidad impropia del órgano electoral que debió actuar con la imparcialidad que su funcionamiento dentro de la organización partidaria impone”, escribió la Junta Electoral en ambos casos.

En el caso particular de Lomas de Zamora, la Junta hizo mención en cuanto a la regulación de esta instancia del proceso electoral al fallo de la  Suprema Corte de Justicia de bonaerense “María Julia Marcó y otros contra Junta Electoral de la provincia de Buenos Aires sobre recurso de queja por denegación de recurso extraordinario de inaplicabilidad de la ley”.



El dirigente peronista Juan Viñales con Verónica Magario.

En esa línea, la Junta hizo suyas palabras del máximo tribunal judicial de la Provincia en relación a la desviación de la potestad de la habilitación de listas partidarias en favor de intereses particulares para el mismo sector interno al que representan los apoderados.

En concreto, la Corte manifestó en 2013: "Tal proceder sin perjuicio de eventual atribución de responsabilidad a sus integrantes se encuentra reñido con los principios de transparencia y autenticidad que rigen en materia electoral; limita, más allá de lo estrictamente necesario, el alcance pleno de los derechos políticos y se convierte en un impedimento para que los ciudadanos participen efectivamente en la dirección de asuntos públicos...".

 

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