A través de su publicación en el Boletín Oficial, el gobierno de la provincia de Buenos Aires, estableció que la Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires registrará de oficio en su base de datos las exenciones establecidas en el artículo 144 de la Ley N° 15479 (Impositiva para el ejercicio fiscal 2024) respecto de los inmuebles de la Planta Urbana Edificada ubicados en el Partido de Bahía Blanca, cuyos datos de identificación sean remitidos por el Municipio de ese Partido a través del sitio seguro de intercambio de información de esta Autoridad de Aplicación, observando el diseño de registro que integra el Anexo Único de la presente Resolución Normativa. |