La propuesta presentada por el legislador, Emiliano Balbín cuenta con el acompañamiento del bloque de Juntos por el Cambio, y busca modificar la Ley 14924, de adhesión a la Ley Nacional Nacional 27.350 de “Uso Medicinal de la Planta de Cannabis y sus derivados”, para crear una Ley provincial que regule la investigación científica y el uso medicinal y terapéutico de la planta de Cannabis.
En este sentido, el legislador afirmó: “Esa ley, la 14924, sancionada en 2017, adhiere al marco regulatorio nacional, pero no avanza más allá. Lo que buscamos ahora es, entre otras cuestiones, que el cannabis medicinal esté contemplado en el sistema público de salud de la Provincia, y avanzar en un marco regulatorio integral propio, tanto en la etapa de la investigación, del desarrollo y de la producción del cannabis medicinal”.
La iniciativa de Interés Público Provincial las acciones tendientes a proteger, promover y mejorar la salud pública de la población mediante la investigación y uso científico de la planta de Cannabis y sus derivados con fines medicinales, paliativos y/o terapéuticos, como así también con fines preventivos en materia de adicciones y consumos problemáticos.
Por otra parte, incorpora al Sistema de Salud Pública de la Provincia de Buenos Aires los medicamentos a base de Cannabis medicinal y todas sus formas farmacéuticas derivadas, reconociendo la cobertura médico asistencial integral de todos los pacientes que necesiten de estos tratamientos. Para ello, el Instituto de Obra Médico Asistencial de la Provincia (IOMA), deberá incorporar como prestación obligatoria y brindar a sus afiliados o beneficiarios, la cobertura total e integral de los medicamentos a base de Cannabis medicinal y todas sus formas farmacéuticas.
El proyecto, además, prevé la creación de un programa terapéutico especial para dar cumplimiento a la norma, al tiempo que regula el desarrollo y la producción pública de medicamentos, el autocultivo, registro de cultivadores, y campañas públicas de concientización.
En esta línea, establece como autoridad de aplicación, y en forma conjunta, a los ministerios de Salud y de Desarrollo Agrario de la Provincia. |