Por medio de las decisiones administrativas 903/2020 publicadas hoy en el Boletín Oficial y firmadas por el jefe de Gabinete, Santiago Cafiero, fueron habilitadas una serie de actividades en los municipios de General Pueyrredón (Mar del Plata), Vicente López, Avellaneda, Esteban Echeverría, Hurlingham, Luján y Morón.
En Mar del Plata podrán funcionar los establecimientos dedicados a la recuperación de materiales, recicladores del Ceamse, venta al por menor de juguetes y venta al por menor de artículos de esparcimiento y deporte.
Del mismo modo, la parte administrativa de las mutuales de salud y obras sociales, así como también ese sector de clubes deportivos.
En el caso de Vicente López, quedaron habilitadas fábricas automotrices y de autopartes, de plásticos y subproductos; metalúrgica, maquinarias y equipos; acero, aluminio y materiales afines; electrónica y electrodomésticos; química y petroquímica; madera y muebles; manufactura de cuero, calzado; gráfica, ediciones e impresiones, y juguetes.
En Luján, fueron autorizadas a funcionar la fabricación de madera y muebles, de plásticos y subproductos, productos de la Industria química y petroquímica, cemento; gráfica, ediciones e impresiones, productos textiles, indumentaria, de manufacturas del cuero, de calzado; productos metalúrgicos, maquinaria y equipos, e industria automotriz y autopartes.
En Avellaneda, en tanto, se habilitan los rubros de gráfica, ediciones e impresiones, y de celulosa y papel.
En Morón podrán retomar la actividad las manufacturas del cuero, plásticos y subproductos, calzado; metalúrgica, maquinarias y equipos, y automotriz y autopartes.
En tanto, en Hurlingham podrá volver a la actividad la gráfica, ediciones e impresiones, y la industria automotriz y autopartes, mientras que en Esteban Echeverría lo hará la actividad electrónica y electrodomésticos.
Todos esos municipios ya cuentan con el aval del Poder Ejecutivo bonaerense, que evaluó cada solicitud según la situación epidemiológica de cada distrito y los protocolos sanitarios de prevención para llevar adelante cada actividad.
Vale resaltar que se deberá garantizar la organización de turnos, si correspondiera, y los modos de trabajo y de traslado que aseguren las medidas de distanciamiento e higiene necesarias para disminuir el riesgo de contagio del coronavirus.
Además, según establece la norma de Jefatura de Gabinete, los empleadores “deberán garantizar las condiciones de higiene, seguridad y traslado establecidas por las respectivas jurisdicciones para preservar la salud de los trabajadores y que estos lleguen a sus lugares de trabajo sin la utilización del transporte público de pasajeros”.
También se aclara que "las personas alcanzadas para desarrollar sus actividades, servicios o profesiones" por las decisiones administrativas "deberán tramitar el Certificado Único Habilitante para Circulación-Covid 19.
Finalmente, indica que quienes concurran a los establecimientos habilitados "deberán circular con la constancia del turno otorgado para su atención, cuando corresponda, o desplazarse a establecimientos de cercanía al domicilio".
Fuente: Télam |