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5 de diciembre de 2019

Antes de dejar la Provincia, Vidal reglamentó la ley de Cupo Trans

La mandataria firmó el decreto, que fue publicado en el Boletín Oficial de este jueves, a cinco días del cambio de Gobierno. Era una de las grandes deudas de su gestión para con el colectivo LGBTI.

Antes de dejar la Provincia, Vidal reglamentó la ley de Cupo Trans - La Tecla

Sorpresiva decisión. A cinco días de dejar la Casa de Gobierno, María Eugenia Vidal reglamentó la Ley de Cupo Laboral Trans para la administración pública provincial. Así fue publicado en el Boletín Oficial de este jueves, cuyo decreto lleva la firma de la Gobernadora y del ministro de Trabajo, Marcelo Villegas.

Si bien la normativa fue aprobada en 2015, gracias al impulso de la legisladora (MC) Karina Nazábal, aún no estaba reglamentada y era una de las grandes deudas de la Gobernadora para con el colectivo LGBTI.

En los fundamentos de la Ley Nº 14.783, “las personas travestis, transexuales y transgénero de Argentina se encuentran entre las poblaciones más vulneradas históricamente del país, por lo que padecen persecución, exclusión y marginación sistemáticas, lo cual les genera enormes dificultades para el acceso a la igualdad de oportunidades y de trato y al efectivo goce de sus derechos humanos”.

“A causa de la criminalización, discriminación y exclusión sistemática a la que fueron y están aún expuestas, las personas travestis, transexuales y transgénero suelen ser víctimas de rechazo, marginación y violencia brutal desde una temprana edad, lo cual se traduce en violencia en el seno familiar y en la expulsión del hogar durante la  adolescencia, así como de las escuelas e institutos educativos a los que concurren, forzándolas a vivir en la extrema pobreza, con frecuencia debiendo valerse de actividades y economías criminalizadas para su subsistencia, lo cual, a su vez, ha contribuido a que un gran número de personas travestis, transexuales y transgénero registre antecedentes por detenciones en vía pública, procesamientos y condenas penales”, añade.

La norma en cuestión establece un cupo del 1% de la administración pública provincial para las personas travestis, transexuales y transgénero. 

Para su aplicación, dentro de los 90 días corridos contados a partir de la publicación del Decreto y, en lo sucesivo, anualmente, se deberá informar el número total de personas que se desempeñan en la planta del Estado, incluyendo a quienes lo hacen en planta permanente, temporaria,transitoria y/o personal contratado cualquiera sea la modalidad de contratación. 

Con base en los resultados remitidos al Ministerio de Trabajo, se calcularán las vacantes que deberán generarse para poder cumplimentar el porcentual no inferior al 1% establecido por la ley.

Para eso, se creará el Registro de Solicitantes de Empleo ‘Amancay Diana Sacayán’” (en adelante “Registro Sacayán”) el cual funcionará bajo la órbita del Ministerio de Trabajo. En el Registro Sacayán se asentarán las postulaciones de personas travestis, transexuales y transgénero que aspiren a ocupar vacantes abiertas o reservadas bajo la Ley N° 14.783.


Comentarios
Sebastian
Que les parece si ponemos un cupo de gente capacitada para la función que va a ocupar!! Creo que seria algo revolucionario!!
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