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ARCA vuelve a postergar el plazo para presentar la declaración jurada de Ganancias 2025

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) volvió a postergar el plazo para la presentación de la declaración jurada del impuesto a las Ganancias correspondiente al período fiscal 2025. De esta manera ARCA pateó hoy hacia adelante por cuarta vez el plazo.

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La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) volvió a postergar el plazo para la presentación de la declaración jurada del impuesto a las Ganancias correspondiente al período fiscal 2025. Así quedó plasmado en la Resolución 5911/2026 publicada hoy en el Boletín Oficial con la firma del titular del organismo recaudador, Andrés Edgardo Vázquez. La decisión sorprendió ya que llegó apenas dos semanas después de que ARCA dispusiera la última prórroga, la tercera en lo que va del año. De esta manera ARCA pateó hoy hacia adelante por cuarta vez el plazo.

La disposición alcanza a personas humanas y sucesiones indivisas comprendidas en la Resolución General 5692, tanto a responsables del régimen general como a contribuyentes adheridos al Régimen de Declaración Jurada Simplificada.

Dicha modificación establece un nuevo plazo excepcional para cumplir con la presentación, que anteriormente había sido extendido hasta el 13 de octubre. De esta manera, los contribuyentes alcanzados contarán con tiempo hasta el viernes 30 de octubre para presentar la documentación correspondiente. En tanto, el primer anticipo del Impuesto a las Ganancias correspondiente al período fiscal 2026 se mantiene con la fecha límite del jueves 24 de septiembre de 2026.

De esta manera, la prórroga alcanza exclusivamente al plazo de presentación, mientras que la fecha de vencimiento del pago permaneció sin modificaciones.

Según explicó ARCA en los fundamentos de la norma, la decisión respondió a la sanción de la Ley 27.826, aprobada el 17 de septiembre de 2026, cuyas disposiciones impactan en la liquidación del Impuesto a las Ganancias correspondiente al ejercicio anterior.

ARCA señaló que razones de administración tributaria hicieron aconsejable extender el vencimiento para facilitar el cumplimiento de las obligaciones de los contribuyentes comprendidos.

Por otra parte, la resolución también modifica el plazo previsto para ejecutar el proceso sistémico de caracterización como “Pequeño Contribuyente”, contemplado en la Resolución General 5321.

La fecha establecida anteriormente para ese procedimiento era el 23 de octubre de 2026 y, mediante la nueva disposición, fue trasladada al 16 de noviembre de 2026.

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