La Justicia le puso plazo a Milei y ordenó reparar un tramo crítico de la Ruta 3
La Cámara Federal de Mar del Plata revocó un fallo de primera instancia y ordenó al Estado nacional y a Corredores Viales adoptar medidas inmediatas de seguridad entre Azul y Cacharí. Tendrán 120 días para ejecutar trabajos bajo supervisión judicial.
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La Justicia Federal le asestó un nuevo revés al Gobierno nacional al ordenar la ejecución de obras urgentes sobre un deteriorado tramo de la Ruta Nacional 3. La Cámara Federal de Mar del Plata hizo lugar a una medida cautelar impulsada por la Municipalidad de Azul y dispuso que la Dirección Nacional de Vialidad y Corredores Viales S.A. implementen acciones inmediatas para garantizar condiciones mínimas de seguridad entre las localidades de Azul y Cacharí.
La resolución dejó sin efecto la decisión del Juzgado Federal N° 2 de Azul, que había rechazado el pedido cautelar, al considerar que existen elementos suficientes para acreditar un riesgo concreto para quienes transitan por ese corredor vial.
Entre los argumentos, los camaristas señalaron que en los últimos seis meses se registraron 11 siniestros viales en ese tramo de la ruta. Además, tuvieron en cuenta informes de la Policía Federal Argentina que describen un estado crítico de la calzada, con baches, deformaciones, huellas provocadas por el tránsito pesado y deficiencias en la señalización.
Los jueces aclararon que, en esta etapa del expediente, el debate no pasa por determinar quién será el responsable definitivo del mantenimiento de la ruta, sino por evitar que continúen produciéndose accidentes mientras se resuelve la cuestión de fondo.
La Cámara ordenó que Vialidad Nacional y Corredores Viales coloquen señalización preventiva, carteles de advertencia y elementos de balizamiento, además de implementar reducciones de velocidad y dispositivos que mejoren la visibilidad durante la noche.
También deberán organizar desvíos o restricciones parciales al tránsito cuando las condiciones del camino así lo requieran y realizar reparaciones provisorias en los sectores que presentan mayor peligrosidad.
Asimismo, las demandadas tendrán un plazo de diez días hábiles para presentar ante el Juzgado Federal de Azul un plan de trabajo detallado, que deberá incluir el cronograma de ejecución, prioridades de intervención, responsables de las tareas y medidas de contingencia.
La ejecución de esas acciones deberá completarse dentro de los 120 días corridos posteriores a la notificación del fallo. Durante ese período, el avance de los trabajos quedará sujeto al control del juzgado mediante informes mensuales.
En su resolución, la Cámara fundamentó la decisión en el deber de prevención del daño previsto por el Código Civil y Comercial y en la obligación del Estado de proteger la vida y la seguridad de quienes utilizan las rutas nacionales.
Los magistrados remarcaron que las medidas cautelares tienen como finalidad impedir que un riesgo comprobado derive en daños mayores y recordaron que la jurisprudencia de la Corte Suprema exige a quienes administran servicios vinculados con la seguridad de las personas adoptar todas las acciones razonables para prevenir riesgos previsibles.
De esta manera, mientras continúa la tramitación del amparo principal, el Estado nacional y Corredores Viales quedaron judicialmente obligados a intervenir de forma inmediata sobre uno de los sectores más deteriorados y cuestionados de la Ruta Nacional 3.