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La Corte Suprema de Justicia de la Nación dejó firme la condena contra el Estado nacional y la provincia de Buenos Aires y ordenó que ambas jurisdicciones indemnicen a las familias de las víctimas de la masacre ocurrida en la ciudad de Carmen de Patagones el 28 de septiembre de 2004, cuando un adolescente abrió fuego dentro de un aula y asesinó a tres compañeros.
El máximo tribunal, con las firmas de Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti, rechazó los recursos extraordinarios presentados tanto por el Estado nacional, en representación del Ministerio de Seguridad y la Prefectura Naval Argentina, como por la Fiscalía de Estado bonaerense, que actuó en nombre de la Dirección General de Cultura y Educación.
La resolución corresponde a la demanda por daños y perjuicios iniciada por la madre de Sandra Núñez, una de las tres víctimas fatales del ataque. De esta manera, quedó firme la responsabilidad de ambos Estados por lo ocurrido en la escuela donde se produjo la tragedia.
No es el primer pronunciamiento en ese sentido. Durante el año pasado, la Corte ya había ratificado una condena similar en la causa impulsada por los familiares de Federico Ponce, otro de los estudiantes asesinados. En tanto, la demanda presentada por la familia de Evangelina Miranda obtuvo sentencia de primera instancia en octubre de 2024. Además, en mayo de este año, la Justicia Federal de Bahía Blanca ordenó indemnizar por el daño psicológico sufrido a una compañera de curso que presenció el ataque.
En las distintas instancias judiciales se sostuvo que la normativa civil vigente al momento de los hechos establecía la responsabilidad de los establecimientos educativos por los daños sufridos por alumnos menores mientras permanecían bajo la autoridad escolar.
Los jueces consideraron acreditado que existían antecedentes sobre los problemas de conducta de Solich y que diversos integrantes de la comunidad educativa habían advertido sobre la gravedad de la situación y el riesgo que podía representar para otros estudiantes. Sin embargo, entendieron que esas señales no derivaron en medidas preventivas adecuadas.
Esa valoración fue determinante para atribuir responsabilidad al Estado provincial por el funcionamiento del establecimiento educativo y al Estado nacional por la participación de la Prefectura, en una causa que, más de dos décadas después de la tragedia, concluyó con la confirmación de la obligación de indemnizar a las familias afectadas.