La Junta Electoral impulsa cambios para las elecciones y cobra fuerza el desdoblamiento
El organismo provincial remitió al gobierno de Axel Kicillof un proyecto en el que propone cambios en los plazos de organización de los comicios provinciales. La idea de modificar la Ley N° 5.109 abre las puertas a una discusión empantanada en el arco político.
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La Junta Electoral de la provincia de Buenos Aires elaboró un proyecto de modificación de la Ley Electoral bonaerense (Ley N° 5.109) con el objetivo de redefinir los plazos de convocatoria, campaña y difusión vinculados a los procesos electorales. La iniciativa apunta a ordenar el cronograma electoral y establecer nuevas reglas para la publicidad política, la difusión de encuestas y los actos de gobierno durante los días previos a los comicios.
De esta manera, la idea de desdoblar las elecciones provinciales gana terreno en medio de discusiones internas en el peronismo, pero también con el resto de los sectores políticos. El detalle a tener en cuenta es que el texto cuenta con la firma de Hilda Kogan y tiene fecha el 14 de abril de este año, dos días antes de que deje la presidencia de la Corte y la titularidad del organismo mencionado, para que asuma en su lugar Sergio Torres.
Según surge del texto del proyecto al que tuvo acceso La Tecla, la propuesta modifica el artículo 66 de la ley vigente y establece que la convocatoria a elecciones deberá ser realizada por el Poder Ejecutivo con “no menos de noventa (90) días de anticipación” a la fecha fijada para los comicios. Además, el decreto de convocatoria deberá detallar la cantidad de senadores o diputados que se elegirán en cada sección electoral y también el número de concejales y consejeros escolares que corresponderá renovar en cada distrito.
Uno de los puntos centrales del proyecto es la incorporación del nuevo artículo 114 bis, que fija reglas específicas para el desarrollo de la campaña electoral. De acuerdo al texto, la campaña comenzará 60 días antes de la elección y deberá finalizar cuarenta y ocho horas antes de la apertura de los comicios.
La iniciativa también limita la propaganda en medios de comunicación por lo que la difusión de publicidad electoral en televisión, radio y medios gráficos sólo podrá realizarse durante los quince días previos a la elección y deberá finalizar cuarenta y ocho horas antes de la votación.
En paralelo, el proyecto establece restricciones para la publicación de encuestas y sondeos preelectorales. La difusión de esos estudios quedará habilitada únicamente hasta ocho días antes de la elección y también deberá interrumpirse cuarenta y ocho horas antes del inicio de los comicios.
Otro de los aspectos relevantes es el referido a la difusión de resultados electorales. El texto plantea que las proyecciones sobre el resultado de la elección recién podrán publicarse tres horas después del cierre de la votación.
La propuesta también incorpora restricciones para el Poder Ejecutivo durante el tramo final de la campaña. Durante los quince días previos a la elección no podrán realizarse actos de gobierno ni publicidad oficial que puedan inducir el voto a favor de cualquier candidato.
Qué cambia el proyecto
La convocatoria a elecciones deberá realizarse con un mínimo de 90 días de anticipación.
La campaña electoral comenzará 60 días antes de la votación.
La publicidad en medios audiovisuales y gráficos quedará reducida a los últimos 15 días.
Las encuestas y sondeos sólo podrán difundirse hasta 8 días antes de la elección.
Las proyecciones de resultados no podrán difundirse hasta 3 horas después del cierre de los comicios.
Durante los 15 días previos a la elección quedarán restringidos actos de gobierno y publicidad oficial que puedan influir en el voto.
La propuesta de reforma impulsada por la Junta Electoral bonaerense modifica de manera significativa los plazos vigentes tanto para las elecciones primarias como para los comicios generales en la provincia de Buenos Aires. En el caso de las PASO, plantea ampliar de 60 a 80 días el plazo para la presentación de alianzas electorales. Además, propone que el padrón electoral quede disponible con 90 días de anticipación, cuando actualmente el plazo es de 45 días. También se modifican los tiempos para la oficialización de candidaturas y boletas. La presentación de listas pasaría de 50 a 60 días antes de la elección, mientras que las boletas partidarias deberían presentarse con 45 días de anticipación en lugar de los 30 actuales. A eso se suma un cambio en la designación de autoridades de mesa, que se ampliaría de 20 a 30 días previos a los comicios.
Para las elecciones generales, la iniciativa establece que la convocatoria deberá realizarse con 90 días de anticipación, cuando hoy el plazo vigente es de 60 días. En paralelo, la presentación de listas de candidatos se extendería de 30 a 60 días antes de la elección y las boletas partidarias deberían oficializarse con 45 días de antelación, en vez de los 20 actuales. Además, incorpora formalmente un plazo para el inicio de la campaña electoral, que comenzaría 60 días antes de los comicios.
Para la Junta Electoral "resulta imperioso" llevar adelante una reforma
En los fundamentos del proyecto, la Junta Electoral bonaerense volvió a insistir con la necesidad de avanzar en modificaciones sobre la legislación vigente y advirtió que “si bien este Organismo ya se ha manifestado en reiteradas oportunidades sobre la necesidad de realizar una reforma integral de dichas normativas, resulta imperioso, al menos, llevar adelante una reforma de los plazos electorales previstos en la redacción original de las citadas normas”.
Además, recordó las advertencias que había realizado antes del proceso electoral de 2025 ante la posibilidad de un desdoblamiento de las elecciones provinciales respecto de las nacionales. “Previo al proceso electoral del año 2025, esta Junta alertó a la Legislatura provincial sobre las dificultades que podía acarrear ante un desdoblamiento electoral de la provincia —que efectivamente ocurrió— el cumplimiento de los plazos regulados en la ley 5109”, señalaron. Según detallaron, esa situación derivó en el pedido de modificación de los tiempos vinculados a la presentación de listas y boletas partidarias, lo que finalmente derivó en la sanción de la Ley 15.523, que amplió “por única vez a 50 y 30 días, respectivamente” esos plazos.
La Junta también recordó que en aquella discusión ya había planteado la necesidad de ampliar los tiempos del cronograma electoral para garantizar un mejor funcionamiento del proceso. En ese sentido, sostuvo que “una ampliación de los plazos que corren entre la presentación de las listas de candidatos, su verificación y posterior oficialización y la presentación de las boletas partidarias permitiría, por un lado, humanizar el trabajo de los empleados de la Junta atento su extenso volumen; pero también y centralmente, garantizar que los partidos políticos cuenten con el tiempo suficiente para ejercer su derecho de defensa y puedan competir en la contienda electoral”.
En otro tramo de los fundamentos, el organismo planteó que la modificación de los plazos debe interpretarse como una herramienta para fortalecer el sistema democrático. “Es opinión de este Cuerpo que debería modificarse dicha normativa, con el fin de fortalecer el sistema democrático, el cual debe representar un mecanismo soberano para garantizar la voluntad popular”, expresaron.
Por último, remarcaron que una ampliación de los términos electorales también permitiría garantizar mayor transparencia y legitimidad en el proceso. “La ampliación de los términos asegura que la oferta electoral sea fidedigna, ya que una restricción irrazonable de los mismos pone en jaque el debido proceso electoral”, indicaron. Y agregaron que la reforma debe entenderse “como una herramienta de saneamiento, cuya aplicación no debilita la norma, sino que la legítima, fortaleciendo el sistema democrático y asegurando que la contienda electoral sea una competencia abierta y justa”.
La iniciativa elaborada por la Junta Electoral aparece en medio del debate político y legislativo sobre el calendario electoral bonaerense, la discusión por las PASO y las tensiones internas en el oficialismo respecto de la estrategia electoral para los próximos comicios. También hay que agregar la chance de implementar o no la Boleta Única de Papel o si se mantiene o no la prohibición de la reelecciónindefinida. El proyecto fue redactado bajo la forma de una propuesta de modificación integral de los plazos electorales y ahora deberá quedar en manos de la política avanzar o no con su tratamiento legislativo.
La discusión sobre los plazos electorales se transformó en uno de los ejes centrales de la política bonaerense. En la Legislatura y en los distintos sectores reconocen que cualquier modificación del cronograma puede alterar el armado de alianzas, la estrategia de campaña y el margen de maniobra de los intendentes y de la propia administración provincial. En ese contexto, el documento elaborado por la Junta Electoral aporta una hoja de ruta concreta sobre cómo podría quedar estructurado el proceso electoral bonaerense en caso de avanzar una reforma.