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Martes, 31 marzo 2026
Argentina
31 de marzo de 2026
FALLO

La Justicia confirmó que las elecciones en la UCR bonaerense serán el 7 de junio

El juez federal Alejo Ramos Padilla rechazó la impugnación preentada por el sector interno que conduce Miguel Fernández. Consideró como válida la autoconvocatoria del abadismo y Evolución junto con sus socios possistas y salvadoristas, que fijaron la fecha anticipada para renovar autoridades.

La Justicia confirmó que las elecciones en la UCR bonaerense serán el 7 de junioLa Justicia confirmó que las elecciones en la UCR bonaerense serán el 7 de junio
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El juez federal de La Plata, Alejo Ramos Padilla, rechazó el pedido de impugnación presentado por el sector interno de la UCR que lidera el titular del Comité de Contingencia, Miguel Fernández, y ratificó lo que se definió en la autoconvocatoria de los plenaristas del abadismo y Evolución, junto a sus socios del possismo y el salvadorismo.

Así, de acuerdo con lo aprobado en dicha ocasión, tras haber quórum de siete presentes sobre 10 miembros, las elecciones para renovar autoridades en el radicalismo provincial se adelantan al 7 de junio de 2026. 

Como informó La Tecla. info, los scctores enfrentados con el trenquelauquense se autoconvocaron y decidieron adelantar los comicios inernos, decisión impugnada por considerar que hubo una convocatoria oficial dentro de los plazos establecidos.

La Justicia confirmó que las elecciones en la UCR bonaerense serán el 7 de junio

Sin embargo, el magistrado con competencia electoral sostiene en su fallo que es "reiterada la jurisprudencia de la Cámara Nacional Electoral que establece que, cualquier vicio que pudiera haber existido en la convocatoria a reunión de un órgano colegiado, se sanea si la realización de la reunión cuya convocatoria se encuentra cuestionada, funciona con quórum legal, de conformidad a lo exigido por la Carta Orgánica".

En cuanto a la cita fijada por Fernández, Ramos Padilla sostiene que "el accionante, en su carácter de Coordinador del Comité de Contingencia, el día 4 de marzo convocó también a una reunión del órgano, en este caso para el día 12 de marzo. Sin embargo, la misma fue unilateralmente suspendida por el mismo, por lo cual es claro que no se halla planteada en autos una controversia entre dos convocatorias efectuadas o entre dos reuniones del órgano".

"Por último, el cronograma establecido que culmina con fecha de elecciones
el 7 de junio próximo, cumple con la antelación requerida en el art. 28° de la carta
orgánica partidaria por lo que ninguna afectación de derechos, ventaja, ni perjuicio
se advierte para ningún sector, toda vez que no se han acortado los plazos
establecidos que se han aplicado en todos los procesos electorales, dejando a todos
los interesados en postular candidatos en igualdad de condiciones", señala el texto del fallo judicial.



 

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