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Martes, 23 abril 2024
LEGISLATURA
23 de abril de 2018

Tras los cambios propuestos, cómo queda el proyecto de Enjuiciamiento a Magistrados

La iniciativa del Poder Ejecutivo obtuvo dictamen en comisión y será tratada en la sesión de la Cámara de Diputados que tendrá lugar este jueves. Algunas de las modificaciones que se incluyeron en el proyecto.

Tras los cambios propuestos, cómo queda el proyecto de Enjuiciamiento a Magistrados - La Tecla

Luego de la polémica desatada por la intención del oficialismo de tratar el proyecto sobre tablas y sin tratamiento previo, finalmente las modificaciones al procedimiento de Enjuiciamiento de Magistrados obtuvo dictamen en comisión y será tratado este jueves en la sesión de la Cámara de Diputados. 

Según pudo saber LaTecla.Info, Cambiemos aceptó incorporar una serie de modificaciones al proyecto original, luego de mantener encuentros con bloques opositores, con el Consejo de la Magistratura y diversos organismos judiciales. 

Una de las modificaciones tiene que ver con la participación del presidente (o presidenta) de la Suprema Corte en el proceso de enjuiciamiento. Mientras el proyecto original establecía que el titular del cuerpo estaría al frente del Jurado durante todo el proceso, se avaló que sea rotativo, de acuerdo a los cambios de presidencia anuales.

En tanto, se estableció que la Secretaría de Enjuiciamiento rendirá un examen anual “circunstanciado de las denuncias y actuaciones que se realicen a instancias de éstas, a la Comisión Bicameral que se crea por la presente ley y a las Presidencias de las Cámaras de Diputados y Senadores”, y no cuatrimestral, como establecía la iniciativa del Ejecutivo. 

Asimismo, con las modificaciones interpuestas, los miembros del jurado pueden excusarse o ser recusados por las causales establecidas en el Código Procesal Penal de la Provincia. 

Además, en los planteos de excusación y recusación, será el Jurado quien se expedirá en la primera sesión como cuestión de previo y especial pronunciamiento; y se podrá “apercibir, suspender, multar o destituir, al acusado cuando se declare su responsabilidad por delitos o por faltas previstas por esta Ley”.

Fueron eliminados ciertos apartados, como el inciso B del artículo 6, que establecía: “Resolver las excusaciones o recusaciones de los conjueces abogados y, en defecto de decisión de la Cámara respectiva, la de los conjueces legisladores”.

Para conseguir la aprobación de la normativa, la gobernadora María Eugenia Vidal necesita dos tercios de los presentes y todo indica que lo conseguiría gracias al aval del Frente Renovador, del bloque de Unidad y Renovación, además de Peronismo Kirchnerista. 
 

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