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Política Provincial
21 de octubre de 2016

Ordenan embargar el sueldo de la ministra Ortiz

Es por el pedido de un paciente que fue desestimado por la cartera sanitaria. El mismo debía atenderse con urgente atención médica en la Fundación Favaloro.

Ordenan embargar el sueldo de la ministra Ortiz
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Mediante recurso de amparo, el Juzgado en lo Contencioso Administrativo Número 1 de La Plata presidido por el doctor Luis Arias, dictaminó embargar por un monto de 325.000 pesos a la ministra de Salud de la provincia de Buenos Aires, doctora Zulma Ortíz.

El fallo en cuestión explica que el juzgado dio lugar a la presentación cautelar del paciente a través del derecho a garantizar la cobertura médica y asistencial integral de las prestaciones como así lo sugiere el “Programa Federal Incluir Salud”.

Arias explicó que el paso del tiempo de la medida cautelar agravo la salud del paciente y el ministerio “permanece renuente en la cobertura que requiere el complejo cuadro de salud del actor”.

El texto del fallo expresa que “la atención médica en la Fundación Favaloro le estaría siendo negada al ‘Sr. F.’, debido a la existencia de una deuda que el sistema mantendría con la citada Fundación”.

Esto siginifica para el juez una desobediencia de la orden judicial por tanto que “es preciso reiterar que el incumplimiento de las órdenes del Poder Judicial, implica un acto de suma gravedad institucional, y la negación misma del Estado de Derecho”.

“Cuando entra por la puerta de los despachos de los jueces la sensación en éstos de que poco y nada pueden hacer para que se acaten sus órdenes y el decoro impere en los estrados judiciales, sale por la ventana la posibilidad de que las controversias ventiladas en sus estrados merezcan el calificativo de ser verdaderamente procesos jurisdiccionales”, argumenta al respecto Arias.

El juez resolvió así sancionar a la ministra por un monto total de $ 325.000 que serán recaudados en el apercibimiento de su sueldo. El embargo a la funcionaria se procede a implementar hasta cubrir la suma indicada "que liquida los haberes del Ministerio de Salud de la Provincia de Buenos Aires, la retención de toda retribución que perciba la Sra. Ministra hasta cubrir la suma indicada en el punto anterior, que no podrá superar el veinte por ciento (20%) de su haber mensual".

"Alcanzado dicho tope, los descuentos respectivos deberán efectuarse de los haberes correspondientes a los períodos sucesivos", concluye el fallo.

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